CES 2. SUBCONTRATACIÓN DE ENTIDADES SOCIALES

1. La empresa adjudicataria deberá subcontratar al menos un X% del precio de adjudicación del contrato con una Empresa de Inserción, o un Centro Especial de Empleo de iniciativa social; o una empresa o entidad de economía social.

2. A tal efecto en la documentación que se aporte en la licitación se indicarán los trabajos a realizar, las personas y jornadas a emplear y el importe económico (antes de la baja) y desglosada para cada lote voluntario que la contratista proponga ejecutar con este tipo de empresas. En cualquier caso, deberá ser clara, concreta y adecuada al contrato. En la documentación a aportar en la licitación, deberá acreditar que el lote que propone se ejecutará con las empresas que tenga la naturaleza que en el siguiente apartado se definen.

3. Las empresas a subcontratar serán exclusivamente:

  • Centros Especiales de Empleo de iniciativa social, conforme a la descripción y requisitos señalados en la disposición adicional decimocuarta de la Ley 9/2017, de contratos del sector público.
  • Empresas de Inserción inscritas y registradas conforme a la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación de Empresas de Inserción.
  • Asociaciones y fundaciones constituidas conforme al Fuero Nuevo de Navarra y que su régimen tributario sea el de la Ley Foral 10/1996, de 2 de julio, reguladora del régimen tributario de las fundaciones y de las actividades de patrocinio (o la que el futuro sustituya a esta norma tributaria); conforme a la Ley Orgánica 1/2002, reguladora del derecho de asociación; o conforme a la Ley 50/2002, de Fundaciones. Y las cooperativas, mutualidades, sociedades laborales, cofradías de pescadores y las sociedades agrarias de transformación, conforme a lo establecido en la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social, o conforme a la Ley Foral 14/2006, de 11 de diciembre, de Cooperativas de Navarra.

VERIFICADORES ASOCIADOS A CES 2.

1. Tras la formalización del contrato. La empresa adjudicataria remitirá a la unidad gestora del contrato en el plazo de un mes desde la formalización del contrato una declaración con la relación nominal de las entidades a subcontratar (y señalando si se trata de Centros Especiales de Empleo, Empresas de Inserción, o empresas y entidades de economía social), y con indicación de conceptos, fechas previstas e importes a subcontratar.

2. En fase de ejecución del contrato. Con carácter anual, la empresa adjudicataria deberá aportar una copia del contrato civil o mercantil, o factura, con indicación del Centro Especial de Empleo o Empresa de Inserción o empresa de economía social subcontratada, e inclusivo del concepto detallado, importe económico y fechas de ejecución, así como copia de la inscripción del Centro Especial de Empleo o la Empresa de Inserción en su correspondiente registro.